El matrimonio entre personas del mismo sexo, también conocido como matrimonio homosexual, matrimonio igualitario o matrimonio gay, es la institución que reconoce legal o socialmente un matrimonio formado por dos varones, dos mujeres, o eventualmente dos personas del mismo género, en aquellas culturas que reconocen mÔs de dos géneros.
Si bien los matrimonios entre personas del mismo sexo han existido en diversas culturas a lo largo del tiempo, como en la Antigua Roma o en la provincia china de Fujian hasta el siglo xix, la occidentalización del mundo llevó a su desaparición en los siglos xix y xx, volviendo a aparecer en el siglo 21.
Las primeras leyes de la Ć©poca actual en reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo fueron aprobadas durante la primera dĆ©cada del siglo 21. Hasta junio de 2019, 28 paĆses (Alemania, Argentina, Australia, Austria, BĆ©lgica, Brasil, CanadĆ”, Colombia, Dinamarca, Ecuador, EspaƱa, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Malta, MĆ©xico, Noruega, Nueva Zelanda, PaĆses Bajos, Portugal, Reino Unido, SudĆ”frica, Suecia, TaiwĆ”n y Uruguay) permiten casarse a las parejas del mismo sexo en todo su territorio o parte del mismo. AdemĆ”s una sentencia realizada por la Corte Suprema de Costa Rica ha dado un tiempo de gracia a su parlamento para aprobar dicha legislación o la aprobación se darĆ” de facto antes del 26 de mayo de 2020.234
Junto a la institución del matrimonio, y en muchos casos como alternativa, existen instituciones no matrimoniales de carĆ”cter civil, muy diferentes en cada paĆs y comunidad, con denominaciones distintas, como parejas de hecho o uniones civiles, cada cual de una naturaleza, requisitos y efectos ad hoc, segĆŗn la realidad social, histórica, sociológica, jurĆdica y polĆtica de cada sociedad. Estas instituciones son consideradas por movimientos de derechos humanos como instituciones apartheid y en muchos casos (especialmente cuando no otorgan los mismos derechos) son criticadas por fomentar la discriminación y crear ciudadanos de segunda clase.
En México se aprobó en la Ciudad de México Federal (antes Distrito Federal) antes que en cualquier otra entidad.
El matrimonio entre personas del mismo sexo en MĆ©xico es legal en diecinueve estados a nivel estatal y en algunos estados a nivel municipal, siendo en la actualidad el Ćŗnico paĆs de AmĆ©rica del Norte en no reconocer las uniones del mismo sexo a travĆ©s del matrimonio a nivel nacional.
El 17 de mayo del 2016 el presidente de MĆ©xico, Enrique PeƱa Nieto, propuso una iniciativa a nivel nacional de "matrimonio sin discriminación" con lo cual el matrimonio entre personas del mismo sexo en MĆ©xico se podrĆa realizar en todas las entidades federativas que integran el paĆs. Sin embargo dicha propuesta fue rechazada alegando que "le corresponde a cada entidad legislar en materia civil".
La resolución de jurisprudencia 43/2015 de la SCJN emitida el 12 de junio de 2015, en la cual obliga a todos los jueces a seguir un criterio favorable a todos los amparos que se interpongan, en cualquier parte del paĆs, y en donde aĆŗn no estĆ”n legalizados este tipo de matrimonios. Ćnicamente se pueden realizar en algunos estados y ademĆ”s de que les permite gozar de todos los beneficios que ello implica como la seguridad social por parte del IMSS e ISSSTE y las instituciones sociales de vivienda como el INFONAVIT y FOVISSSTE asĆ como adopción de menores.
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