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Matrimonios igualitarios

El matrimonio entre personas del mismo sexo, tambiĆ©n conocido como matrimonio homosexual, matrimonio igualitario o matrimonio gay, es la instituciĆ³n que reconoce legal o socialmente un matrimonio formado por dos varones, dos mujeres, o eventualmente dos personas del mismo gĆ©nero, en aquellas culturas que reconocen mĆ”s de dos gĆ©neros.

Si bien los matrimonios entre personas del mismo sexo han existido en diversas culturas a lo largo del tiempo, como en la Antigua Roma o en la provincia china de Fujian hasta el siglo xix, la occidentalizaciĆ³n del mundo llevĆ³ a su desapariciĆ³n en los siglos xix y xx, volviendo a aparecer en el siglo 21.
Las primeras leyes de la Ć©poca actual en reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo fueron aprobadas durante la primera dĆ©cada del siglo 21. Hasta junio de 2019, 28 paĆ­ses (Alemania, Argentina, Australia, Austria, BĆ©lgica, Brasil, CanadĆ”, Colombia, Dinamarca, Ecuador, EspaƱa, Estados Unidos,​ Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Malta, MĆ©xico,​ Noruega, Nueva Zelanda,​ PaĆ­ses Bajos, Portugal, Reino Unido, SudĆ”frica, Suecia, TaiwĆ”n y Uruguay) permiten casarse a las parejas del mismo sexo en todo su territorio o parte del mismo. AdemĆ”s una sentencia realizada por la Corte Suprema de Costa Rica ha dado un tiempo de gracia a su parlamento para aprobar dicha legislaciĆ³n o la aprobaciĆ³n se darĆ” de facto antes del 26 de mayo de 2020.2​3​4​

Junto a la instituciĆ³n del matrimonio, y en muchos casos como alternativa, existen instituciones no matrimoniales de carĆ”cter civil, muy diferentes en cada paĆ­s y comunidad, con denominaciones distintas, como parejas de hecho o uniones civiles, cada cual de una naturaleza, requisitos y efectos ad hoc, segĆŗn la realidad social, histĆ³rica, sociolĆ³gica, jurĆ­dica y polĆ­tica de cada sociedad. Estas instituciones son consideradas por movimientos de derechos humanos como instituciones apartheid y en muchos casos (especialmente cuando no otorgan los mismos derechos) son criticadas por fomentar la discriminaciĆ³n y crear ciudadanos de segunda clase.

En MĆ©xico se aprobĆ³ en la Ciudad de MĆ©xico Federal (antes Distrito Federal) antes que en cualquier otra entidad.

El matrimonio entre personas del mismo sexo en MĆ©xico es legal en diecinueve estados a nivel estatal y en algunos estados a nivel municipal, siendo en la actualidad el Ćŗnico paĆ­s de AmĆ©rica del Norte en no reconocer las uniones del mismo sexo a travĆ©s del matrimonio a nivel nacional.

El 17 de mayo del 2016 el presidente de MĆ©xico, Enrique PeƱa Nieto, propuso una iniciativa a nivel nacional de "matrimonio sin discriminaciĆ³n" con lo cual el matrimonio entre personas del mismo sexo en MĆ©xico se podrĆ­a realizar en todas las entidades federativas que integran el paĆ­s. Sin embargo dicha propuesta fue rechazada alegando que "le corresponde a cada entidad legislar en materia civil".​

La resoluciĆ³n de jurisprudencia 43/2015 de la SCJN emitida el 12 de junio de 2015, en la cual obliga a todos los jueces a seguir un criterio favorable a todos los amparos que se interpongan, en cualquier parte del paĆ­s, y en donde aĆŗn no estĆ”n legalizados este tipo de matrimonios. ƚnicamente se pueden realizar en algunos estados y ademĆ”s de que les permite gozar de todos los beneficios que ello implica como la seguridad social por parte del IMSS e ISSSTE y las instituciones sociales de vivienda como el INFONAVIT y FOVISSSTE asĆ­ como adopciĆ³n de menores.

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